Una peversa reforma del Código Penal

29 enero, 2018 • Opinión

En la actualidad, nuestro Código Penal castiga como delito aquellas conductas injustificadas de maltrato animal a que sean sometidos los animales domésticos, amansados, domesticados habitualmente, aquellos que vivan bajo control humano y a todos aquellos que no vivan en estado salvaje.

La novedad más importante de la reforma legal que pretende Unidos Podemos es precisamente la ampliación de la protección penal a los animales salvajes actualmente no protegidos; en concreto, la propuesta utiliza la expresión animal vertebrado, concebido como animal con capacidad para sentir y sufrir y que se encuentra absolutamente indefenso y al albur de lo que el humano quiera hacer con ellos. La inclusión de los animales salvajes como objeto de protección penal y la declaración de intenciones recogidas en la Exposición de Motivos de la propuesta supone por parte de Unidos Podemos asumir plenamente las tesis animalistas y, de inicio o con carácter genérico, considerar delito cualquier lesión o menoscabo grave de la salud de un animal salvaje.

La redacción literal del artículo 337.1 propuesta por Unidos Podemos es engañosa y, a mi modo de ver, perversa, pues llama a la confusión, tal y como demuestra el hecho de que haya cazadores que entienden que la iniciativa legal de Podemos no afecta a la caza. Aquellos que así piensan hacen hincapié en el hecho de que no se dice expresamente que se prohíbe la caza.

En efecto, el texto no establece la prohibición literal de la caza, algo que, a mi modo de ver, resulta obvio ya que sería una enorme torpeza política por parte de Unidos Podemos redactarlo así si ese es su objetivo final. Sin embargo, la fórmula de redacción escogida es sumamente peligrosa desde el mismo momento en que, como hemos visto antes, cualquier animal puede ser objeto de maltrato animal entendido éste como cualquier menoscabo de su salud o de su integridad física. En la práctica, este nuevo delito de maltrato animal que propone Unidos Podemos sería catastrófico para el mundo de la caza.

La fórmula de redacción escogida es sumamente peligrosa desde el mismo momento en que, como hemos visto antes, cualquier animal puede ser objeto de maltrato animal entendido éste como cualquier menoscabo de su salud o de su integridad física.

La propuesta de Unidos Podemos dice literalmente así: «[…] el que sin estar amparado por la Ley y por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal vertebrado…». Una redacción vaga, imprecisa y perversa que viene a decir, coloquialmente, que es delito cualquier lesión física que se realice a un animal salvaje salvo que estés amparado por la Ley. La lectura y relectura de este párrafo provoca confusión, pues ¿qué significa estar amparado por la ley?, ¿quién interpreta que en un momento y lugar determinado estás amparado por la ley?, y la pregunta del millón, ¿cómo se interpreta que estás actuando bajo el amparo de la ley?

Vamos a intentar verlo con ejemplos prácticos. Con esta redacción propuesta si tú, cazador, un día abates una perdiz más del cupo previsto legalmente, ¿serías autor de un delito de maltrato animal? En mi opinión, sí, ya que no estás amparado por la ley al haber rebasado el cupo establecido legalmente, has provocado la muerte de un animal vertebrado (grave menoscabo de salud) y, en consecuencia, has cometido un delito de maltrato animal.

Otro ejemplo, sales de caza con tu águila Harris y ésta se sale de los límites del coto en el que estás autorizado para cazar legalmente y atrapa y da muerte a una liebre en el coto vecino. ¿Serías autor de un delito de maltrato animal? Entiendo que sí, porque estarías cazando en terreno cinegético sin permiso del titular, has provocado la muerte de un animal vertebrado (grave menoscabo de salud) y, en consecuencia, has cometido un delito de maltrato animal.

Y un último ejemplo. Participas con tu rehala en una montería de cochinos y tus perros atrapan y dan muerte a una cierva. ¿Serías autor de un delito de maltrato animal? La respuesta es nuevamente sí, porque has cazado una especie sin autorización, has provocado la muerte de un animal vertebrado (grave menoscabo de salud) y, en consecuencia, has cometido un delito de maltrato animal.

Y así podría seguir con muchos ejemplos más, ya que la casuística es enorme. Alguno, al leerme, puede pensar que son ejemplos rebuscados, que cada caso podría defenderse, que mi interpretación es muy estricta. Quizás pueda tener razón, pero lo que nadie podrá discutirme es que, de aprobarse, la letra de este artículo produciría una severa criminalización del sector cinegético y una judicialización de nuestro mundo, pues cualquier acto o hecho cinegético no amparado por la ley podría ser interpretado como delito de maltrato animal con la correspondiente apertura de diligencias judiciales penales e instrucción del procedimiento penal en el que habría que defenderse y demostrar que era un hecho o acto amparado por la ley.

Participas con tu rehala en una montería de cochinos y tus perros atrapan y dan muerte a una cierva. ¿Serías autor de un delito de maltrato animal? La respuesta es nuevamente sí, porque has cazado una especie sin autorización, has provocado la muerte de un animal vertebrado (grave menoscabo de salud) y, en consecuencia, has cometido un delito de maltrato animal.

En mi opinión, todo hecho que en la actualidad suponga una infracción administrativa en materia de caza que conlleve una lesión para la pieza de caza podría encajar en este tipo penal, ya que serían acciones que no estarían amparadas por la ley. En la práctica, la reforma del Código Penal instada por Unidos Podemos implantaría legalmente un sistema legal de persecución del mundo cinegético que, sobre el terreno, provocaría una limitación enorme de la actividad cinegética y progresivamente la prohibición de usos y costumbres tradicionales en nuestra afición. Además de someternos a un constante acoso por parte de los animalistas, en suma, acciones dirigidas a restringir, constreñir y limitar nuestra actividad.

No tengo dudas acerca de lo que se pretende con esta reforma del Código Penal. Y, en este sentido, resulta revelador, acerca de las intenciones y objetivos perseguidos con relación a la caza, la redacción propuesta para el artículo 337.2 que incluye, como circunstancia agravante, el que «[…] se hubiera utilizado otro animal como instrumento para causar las lesiones …». Si tenemos en cuenta que la prohibición del empleo por parte de los cazadores de animales auxiliares (perros, rapaces…) es uno de los grandes objetivos de los animalistas, resulta más que evidente que esta nueva circunstancia agravante es un ejemplo claro de que Unidos Podemos persigue coartar, controlar y limitar el empleo de otros animales en actividades como la caza.

Nadie podrá dudar de que lo anterior es un inquietante nuevo guiño al animalismo.

Seguimos analizando el texto de la propuesta y es el turno de los artículos 337.4 y 337.bis, artículos donde la propuesta de Unidos Podemos se revela más extremista y animalista.

El primero de ellos, artículo 337.4, castiga el trato cruel a todo animal, sea vertebrado o no, ampliando la protección penal a todo el mundo animal, digo bien ¡¡¡a todo el mundo animal!!!. Pensar en una aplicación práctica de este artículo supone, de facto, la instauración del animalismo en nuestra vida diaria.

Y el segundo, artículo 337 bis, castiga el abandono de cualquier animal vertebrado, ya sea doméstico o salvaje, ¡así como de cualquier otro no vertebrado! En términos cinegéticos, ¿qué se entiende por abandono de un animal salvaje? Pero si un animal salvaje no está bajo el control del hombre, ¿cómo puedo abandonarlo?, ¿cómo puedo ser penalmente responsable del abandono de un animal salvaje que no está sometido a mi control? ¿Qué hechos podrían encajar en este artículo? Por ejemplo, ¿dejar una pieza herida abandonada en el campo?

En la práctica, la reforma del Código Penal instada por Unidos Podemos implantaría legalmente un sistema legal de persecución del mundo cinegético que, sobre el terreno, provocaría una limitación enorme de la actividad cinegética y progresivamente la prohibición de usos y costumbres tradicionales en nuestra afición.

La propuesta de Unidos Podemos es una propuesta densa, confusa, inquietante que, desde luego, dará lugar a análisis técnicamente más profundos pero de lo que no tengo dudas es de que Unidos Podemos abraza las tesis animalistas, lanza un guiño a esa parte de nuestra sociedad que milita en el animalismo y apuesta fuerte contra la caza, sentando las bases para una judicialización y criminalización de nuestra afición.

Lo adecuado es que Unidos Podemos hubiera contactado con los sectores afectados para pulir, concretar y aclarar su propuesta pero precisamente que Unidos Podemos no lo haya hecho, que Pacma no se haya pronunciado públicamente hasta la fecha sobre esta reforma o que Unidos Podemos, ante el rechazo del sector cinegético, no haya manifestado públicamente que su pretendida reforma no persigue a la caza es, lamentablemente, indicativo de que no estoy muy equivocado.

Sinceramente, entiendo que el Derecho Penal no puede ni debe usarse para reprender legalmente conductas como las aquí descritas; todo lo contrario, debe usarse para casos más graves de ataques a intereses públicos de la sociedad española, no todo debe conducirse legalmente por la vía penal. Por esta razón, considero que esta reforma es una excusa para imponer ideológicamente las tesis animalistas en nuestro día a día como ciudadanos.

Esperemos acontecimientos, si verdaderamente no pretenden atacar a la caza rectificarán. Nuestras puertas están abiertas al diálogo y al consenso, es el camino. Mientras tanto, vamos a luchar y trabajar para que esta reforma sea rechazada totalmente en el Congreso de los Diputados.

José María Mancheño (Presidente de la Federación Andaluza de Caza)

Publicado en fac.es


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