El Sandach se aplicará a monterías con más de 40 puestos o más de 20 piezas cobradas

La normativa entrará en vigor en la próxima temporada, a partir del 1 de julio de 2018, y supondrá un sobresfuerzo económico y burocrático para muchos cotos sociales.

La ONC reclama ayudas para compensar el incremento económico que asumirá el sector y pide un seguimiento que permita valorar el impacto de las medidas. 

Informa ONC | La Oficina Nacional de la Caza, la Conservación y el Desarrollo Rural (ONC) ha logrado, tras dos años de intenso trabajo, rebajar el impacto que tendrá sobre el sector el Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano (Sandach) y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor.

Este Real Decreto, publicado el lunes en el Boletín Oficial del Estado, excluye finalmente todas las acciones cinegéticas en las que haya menos de 40 cazadores o donde se abatan menos de 20 piezas, lo que supone un gran avance con respecto al texto inicial. Han sido dos años de trabajo y numerosas reuniones en las que los representantes de la ONC –con especial relevancia de Aproca y Asiccaza- han participado en las negociaciones con el Ministerio y han logrado la aprobación de algunas alegaciones fundamentales para el sector que permiten una normativa más ajustada a la realidad cinegética.

Hay que destacar que este Real Decreto consolida el papel de la caza como herramienta de gestión de la sanidad de la fauna silvestre española, en desarrollo de lo establecido en la reglamentación comunitaria.

La norma entrará en vigor en la próxima temporada –a partir del 1 de julio de 2018- y supondrá un sobresfuerzo económico y burocrático a la actividad cinegética ordinaria que realizan cotos sociales de muchas zonas de España. Por eso, la ONC considera imprescindible que el Gobierno diseñe mecanismos de monitorización y seguimiento de estas nuevas medidas obligatorias para gran parte del colectivo cinegético nacional, de forma que se puedan valorar las repercusiones tanto económicas en el sector, como en la sanidad y en la dinámica de población de la fauna silvestre.

Además, se debería implementar una línea de ayudas económicas específicas para el sobrecoste de la gestión de estos residuos, al igual que existe para el sector ganadero, y analizar cómo se va a aplicar y a controlar cuando las acciones de caza se lleven a cabo en zonas de imposible acceso para vehículos.

Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano