Revés a Ecologistas en Acción: Una sentencia desestima su recurso y avala el control poblacional del lobo

11 mayo, 2019 • Actualidad

La sentencia hace referencia a varios informes que afirman que «el aprovechamiento cinegético puede ayudar a controlar poblacionalmente al lobo, pero siempre de forma ordenada y sostenible»

A pesar de haber intentado controlar su población, actualmente en Cantabria se ha triplicado el número de ejemplares de lobo ibérico

Redacción| Ecologistas en Acción ha sufrido un nuevo revés al desestimarse un recurso interpuesto ante las actividades ejercidas por el Gobierno de Cantabria para mantener el control poblacional del lobo. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria sentenció que «no existe riesgo medioambiental alguno» por la ejecución de estas prácticas por lo que podrán seguir llevándose a cabo como hasta ahora.

Control necesario

La sentencia basa su argumentación en que desde 1997 y a pesar de haber intentado controlar su población, actualmente en Cantabria se ha triplicado el número de ejemplares de lobo ibérico. Debido a ello, no consideran que haya riesgo alguno para la especie si no «todo lo contrario».

La sentencia también hace referencia a un informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza de la Dirección General del Medio Natural y documentos como la Estrategia para la Conservación y Gestión del Lobo en España. Estos, afirman que «el aprovechamiento cinegético puede ayudar a controlar poblacionalmente al lobo, pero siempre de forma ordenada y sostenible».

Varias normas internacionales avalan su control

El Convenio de Berna de 1979 de conservación de la Vida Silvestre y del Medio Ambiente Natural en Europa, considera que en España pueden adoptarse medidas de control poblacional sobre el lobo siempre que las poblaciones de este no corran peligro.

Por otra parte, la Directiva 92/43 de Conservación de los Hábitats Naturales y Flora Silvestres establece que en las poblaciones españolas que se encuentran al norte del río Duero pueden ser «objeto de medidas gestión, manteniendo en estado favorable de conservación las poblaciones».

Argumentación desestimada al grupo ecologista

El grupo ecologista, según la información del Diario Veterinario, en una de sus alegaciones, expuso que una condena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a Finlandia no permitía prácticas como las llevadas a cabo en Cantabria, no tratándose como aplicable esta condena debido a que en Finlandia el lobo está sometido a un régimen de protección rigurosa, cosa que no sucede en esta comunidad. Además, añade que el lobo puede ser cazado en toda la zona al norte del río Duero debido a que en 2013 así lo declaró el Tribunal Supremo. En Cantabria, debido a la Ley de Cantabria 12/2006 de Caza, el lobo es también especie cinegética.

Una situación muy diferente al norte de Castilla y León

La situación en Castilla y León es muy diferente en este sentido. Desde que hace seis meses se prohibiese la caza del lobo en esta comunidad autónoma, al norte del Duero, los datos oficiales de la Junta hablan de 235 ataques, los cuales afectaron a 355 cabezas de ganado. Estos números podrían duplicarse según el sector ganadero, lo que muestra la necesidad de un correcto control poblacional de esta especie, para favorecer su convivencia con el ser humano y la práctica de la ganadería en nuestro país.


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