Recortar orejas o rabos a perros será multado en Galicia con 5.000 euros

4 marzo, 2016 • Información de interés

El Gobierno gallego aprobó ayer el borrador del anteproyecto de Ley de Protección y Bienestar de los Animales de Compañía, que, entre otras cosas, prohíbe usar especies salvajes en circos, realizar sacrificios en centros de acogida y recortar las orejas y el rabo de los perros por cuestiones estéticas. El texto sustituirá a uno de 1993 modificado en el 2014. La Consejería de Medio Ambiente calcula que llegará a la Cámara de O Hórreo a mediados de junio. De modo que, según fuentes parlamentarias, a no ser que se tramite por vía de urgencia, ya no se podrá aprobar en esta legislatura. Si diese tiempo a ello, entraría en vigor hacia finales de año, pues contiene una moratoria de tres meses tras su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Inspirados en normativa europea, los siguientes son los principales cambios que introduce en el ordenamiento jurídico.

Perros

© José Manuel Casal

Nada de collares eléctricos. Salvo por «razones médico-quirúrgicas, de esterilización, por exigencia funcional o bien por suponer un beneficio futuro para el animal» y, en todo caso, bajo prescripción y ejecución veterinaria, cortar las orejas y los rabos a los perros quedará vetado, como actualmente ya lo está en otras siete comunidades autónomas. Quienes practiquen esas mutilaciones se expondrán a multas de entre 501 y 5.000 euros, al igual que los que coloquen a sus mascotas collares eléctricos o aquellos que las lleven atadas a vehículos de motor en marcha. Mientras que educar a los canes y otras especies «de forma agresiva o violenta o prepararlos para participación en peleas» se pagará con sanciones de 5.001 a 30.000 euros, como «no tomar las medidas necesarias para evitar que los animales causen daños a la salud pública, animal o a la seguridad pública». Ademas, habrá castigos de un mínimo de 100 euros y de un máximo de 500 por no someterlos a reconocimiento periódico, por transportarlos en maleteros que no estén especialmente adaptados, por utilizarlos «como reclamo» para la mendicidad o en atracciones feriales y por mantener a más de cinco en el mismo domicilio sin haber solicitado un permiso a la Xunta.

Extensión del veto local. Sobre pena de hasta 30.000 euros, al menos en su redacción inicial, el documento impide «el uso y la posesión de las especies silvestres de animales en los circos, cualquiera que sea su finalidad», una práctica ahora vetada en 39 ayuntamientos de la comunidad. Muy aplaudida por colectivos de protección de animales, el departamento que dirige Beatriz Mato ha introducido esa cláusula en el articulado «a la vista del interés social», según una portavoz.

Fuera del escaparate. Igualmente, la normativa impedirá vender animales a menores de 16 años sin autorización paterna, amén de exhibirlos en escaparates o en zonas expuestas a la vía pública a modo de gancho comercial.

Colonias felinas. Los concejos que incumplan sus obligaciones de recogida de animales abandonados serán sancionados con hasta 5.000 euros. Quedarán facultados para habilitar colonias felinas controladas «como un posible destino de las comunidades de gatos sin propietario que vivan en la calle, siempre que las condiciones del contorno lo permitan con el fin de su protección y control poblacional».

Fomento de la adopción. La norma suprime los sacrificios en los refugios, excepto «en supuestos de eutanasia debidamente motivados por escrito con fin de evitar un sufrimiento grave o irremediable o una afección grave, o bien por razones motivadas por sanidad o bienestar animal, de salud pública o seguridad de las personas o medioambientales». Incluye mecanismos para fomentar la adopción e incluso para favorecer la acogida temporal de especies abandonadas.

Fuente: lavozdegalicia.es


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