Orden de Vedas de Ibiza para la temporada de caza 2017/2018

18 mayo, 2017 • Noticias de caza

El Boletín Oficial de las Islas Baleares acaba de publicar los períodos hábiles de caza y vedas especiales que se establecen para la temporada 2017/2018 en la isla de Ibiza. El período hábil de media veda comprende los días 15, 20, 27, de agosto y 3 de septiembre, mientras que la temporada del conejo se permite desde el 30 de julio hasta el 7 de enero. Según indica la Orden, para promocionar el patrimonio que supone el podenco ibicenco o ca eivissenc se declaran los días 19 y 26 de agosto como hábiles para la caza con esta raza.

Las caza del conejo en Ibiza se podrá realizar desde el 30 de julio al 7 de enero / DPS

El Boletín Oficial de las Islas Baleares del 11 de mayo publica la resolución del de 5 de mayo de 2017 por el que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas especiales que se establecen para la temporada 2017/2018 en la isla de Ibiza.

La Orden de Vedas establece como especies cinegéticas: el conejo (Oryctolagus cuniculus), la liebre (Lepus granatensis), la perdiz (Alectoris rufa), la codorniz (Coturnix coturnix), el faisán (Phasianus colchicus), la paloma torcaz (Columba palumbus), la tórtola común (Streptopelia turtur), la tórtola turca (Streptopelia decaocto), la becada (Scolopax rusticola), el estornino común (Sturnus vulgaris), el zorzal ( Turdus philomelos), el zorzal alirrojo (Turdus iliacus), al zorzal charlo (Turdus viscivorus) y el zorzal real (Turdus pilaris).

También se autoriza la caza de la gaviota patiamarilla (Larus michahellis) durante los días hábiles, y durante todo el año con autorización especial.

Se establece como días hábiles para la caza los martes, jueves, sábados, domingos y los festivos de carácter nacional o autonómico.

Para algunas especies cinegéticas, la Orden establece unos cupos de captura:

  • 15 zorzales, con independencia de la modalidad utilizada.
  • 8 tórtolas salvajes, sin que haya máximo de captura de tórtolas turcas.
  • 3 codornices.
  • 4 becadas. Queda prohibida la caza a la espera en sus pasos.
  • 2 liebres. Con la modalidad sin arma de fuego, con perros lebreles, se podrán cazar 3 liebres.
  • 6 perdices con carácter general y 4 con reclamo.

Con el fin de dar relevancia al ca eivissenc o podenco ibicenco se declaran los días 19 y 26 de agosto como hábiles para la caza con esta raza y de acuerdo con las regulaciones que son de aplicación con carácter general en el anejo de la Orden, en la media veda, y las sociedades de cazadores y cotos privados que lo autoricen.

Orden de Vedas de Ibiza


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