Orden de Vedas de Caza de Castilla-La Mancha
La Orden de Vedas de Caza de Castilla-La Mancha ha sido publicada para la temporada 2017-2018 e incluye algunas novedades a tener en cuenta. Se facilita la caza del jabalí mediante aguardos por la alta densidad de la especie, se retrasa el periodo de caza de la codorniz en Guadalajara y Cuenca, se limita el cupo de tórtola común y no se permitirá la caza del ánade rabudo o el pato colorado.
En la nueva orden de vedas que regulará los periodos hábiles de caza durante la temporada 2017-2018 se establecen algunos cambios a tener en cuenta. Se añade un periodo hábil de caza para realizar aguardos nocturnos de jabalí y combatir las altas poblaciones entre el 1 de junio y el 31 de agosto. Se excluyen del listado de especies cinegéticas el ánade rabudo y el pato colorado al considerarse que no puede realizarse un aprovechamiento sostenible. Se reduce el cupo de tórtola común limitándolo a 5 ejemplares durante la media veda y se prohíbe su caza durante la veda general.
Periodo hábil de caza menor en CLM.
En los cotos de caza, el período hábil de caza será desde el día 8 de octubre de 2017 hasta el día 8 de febrero de 2018, ambos inclusive.
Periodo hábil de caza en media veda en CLM.
Codorniz: El período hábil de caza será el comprendido desde el 21 de agosto al 15 de septiembre de 2017,ambos inclusive, excepto en las comarcas agrarias Serranía Alta de la provincia de Cuenca y Alcarria Baja de la provincia de Guadalajara que comprenderá del 27 de agosto al 15 de septiembre, ambos inclusive.
Paloma torcaz y tórtola común: El período hábil de caza será el comprendido desde el 21 de agosto hasta el 21 de septiembre de 2017, ambos inclusive para paloma torcaz. Los días hábiles serán los días de apertura y cierre, para paloma torcaz, y jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional para las dos especies. El cupo máximo de tórtolas por cazador y día será de cinco, salvo que en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.1b), del Reglamento de Caza, durante el periodo de la media veda, se permite la caza de zorro y urraca, desde el día 21 de agosto al 21 de septiembre de 2017.
Periodo hábil de caza mayor en CLM.
Caza de ciervo, gamo, muflón y jabalí: El periodo hábil de caza para estas especies será, desde el día 8 de octubre de 2017 hasta el 21 de febrero de 2018, ambos inclusive.
Para el jabalí, y con el fin de controlar las elevadas densidades de la especie y los daños que ella produce, se añade un periodo hábil de caza, únicamente en la modalidad de aguardos o esperas nocturnas, desde el 1 de junio al 31 de agosto de 2017.
Caza de corzo macho: El periodo hábil para el año 2018 será desde el 1 de abril hasta el 31 de julio, y desde el 1 hasta el 30 de septiembre. La caza de esta especie solo podrá practicarse en las modalidades de rececho y aguardo o espera diurnos en el período anteriormente establecido y de acuerdo con la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética del coto de caza.
En el caso de que las citadas resoluciones aprobatorias la autoricen, la caza de hembras de esta especie se realizará desde el 1 de diciembre de 2017 hasta el 21 de febrero de 2018. Excepcionalmente, y previa justificación técnica, se podrá autorizar en las resoluciones de los Planes de Ordenación Cinegética, la caza de hembras en el periodo especificado en el párrafo anterior.
Caza de cabra montés: El periodo hábil de caza para esta especie será, desde el 15 de noviembre de 2017 hasta el 15 de enero de 2018, ambos inclusive, en el que podrán abatirse machos y hembras de esta especie cuando se autorice en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética del coto de caza.
Especies de caza mayor autorizadas en CLM.
- Cabra montés (Capra pyrenaica).
- Ciervo (Cervus elaphus).
- Corzo (Capreolus capreolus).
- Gamo (Dama dama).
- Jabalí (Sus scrofa).
- Muflón (Ovis aries musimon).
Especies de caza menor autorizadas en CLM.
Mamíferos:
- Conejo (Oryctolagus cuniculus).
- Liebre (Lepus granatensis).
- Zorro (Vulpes vulpes).
Aves migratorias acuáticas:
- Ánade real (Anas platyrhynchos).
- Focha común (Fulica atra).
- Pato cuchara (Anas clypeata).
- Ánsar común (Anser anser)
- Ánade friso (Anas strepera)
- Cerceta común (Anas crecca)
Aves migratorias no acuáticas:
- Avefría (Vanellus vanellus).
- Becada (Scolopax rusticola).
- Codorniz (Coturnix coturnix).
- Estornino pinto (Sturnus vulgaris).
- Paloma torcaz (Columba palumbus).
- Paloma zurita (Columba oenas).
- Tórtola común (Streptopelia turtur).
- Zorzal alirrojo (Turdus iliacus).
- Zorzal común (Turdus philomelos).
- Zorzal real (Turdus pilaris).
Aves no migratorias:
- Corneja negra (Corvus corone).
- Faisán (Phasianus colchicus).
- Paloma bravía (Columba livia).
- Perdiz roja (Alectoris rufa).
- Urraca (Pica pica).Zorzal charlo (Turdus viscivorus).
Especies exóticas consideradas invasoras en CLM.
- Arruí (Ammotragus lervia).
- Los animales asilvestrados en el medio natural, tal y como viene definido en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
Para ver o descargar la orden de vedas de caza al completo pincha en el enlace → Orden de vedas de caza de Castilla La Mancha