Novedades sobre la desparasitación de perros de caza en Extremadura

3 enero, 2018 • Noticias de caza

La norma obliga a desparasitar a los perros de caza con una periodicidad de 8 semanas y cada 6 semanas a los que convivan con ganado.

La AER considera esta medida un «nuevo ataque» a la caza en Extremadura y solicitará una reunión «inmediata» con la responsable de Sanidad.

Redacción | El Diario Oficial de Extremadura ha publicado este martes la Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se establecen la forma y la periodicidad del tratamiento frente a ténidos de los perros de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta norma obliga a desparasitar a los perros destinados a fines cinegéticos cada 8 semanas.

El texto publicado argumenta esta medida diciendo que España «es un país donde la E. granulosus está muy presente» y señala que esta infección por tenias se «concentra» en la cuenca mediterránea y en el suroeste del país. Según el informe de la Autoridad Europea para la Seguridad de los Alimentos (European Food Safety Authority) del año 2015, la tasa de incidencia de casos confirmados de Equinococosis en España es de 0,18 casos cada 100.000 habitantes, mientras que en Extremadura se eleva a 0,63 y 0,72 casos cada 100.000 habitantes. Según el mismo informe, se comunicaron en ese año en España un total de  45.240 casos de E. granulosus, con 5.764 casos en Extremadura.

Ataque al ámbito de la caza

La Asociación Española de Rehalas considera esta medida un «nuevo ataque a la caza en Extremadura». El vocal de la AER Quirico Matamoros indica que la normativa se ha acordado «de manera inesperada y sin consenso», por lo que entienden que es una norma «políticamente correcta» pero que carece de toda lógica.

«En este caso —explica Matamoros—, la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Extremadura nos vuelve a poner un palito en la rueda a los rehaleros para no poder ejercitar nuestra afición preferida sin tener que ser molestados o por qué no, pensando mal, poder ser sancionados con más facilidad si no acatamos esta normativa».

El texto de la Resolución dice:

Periodicidad mínima de desparasitación.

1. Se establece la siguiente periodicidad mínima de desparasitación:

I. Perros pertenecientes a rehalas o recovas, o los utilizados para fines cinegéticos: Una desparasitación cada ocho semanas.

II. Perros que convivan con ganado: Una desparasitación cada seis semanas.

III. Resto de perros: Una desparasitación cada seis meses.

La AER considera que es más «sensato y lógico» que la hidatidosis contagie en el caso de los perros que conviven con las personas y no en el caso de las rehalas y otros perros de caza, que se mantienen en instalaciones preparadas para ello. No se entiende, explica la AER, que se obligue a los perros de caza a una desparasitación cada 8 semanas mientras que al «resto de perros», entre los que se encontrarían aquellos que conviven con personas en los hogares, solo haya que desparasitarlos cada seis meses.

Desde la AER van a solicitar «de manera inmediata» una reunión con la responsable de la Dirección General de Salud Pública de Extremadura, María Pilar Guijarro Gonzalo, y animan al resto de instituciones relacionadas con el sector de la caza en la región extremeña a realizar «las presiones necesarias» para tratar de dejar sin efecto «tan injustificada y discriminatoria medida».


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