Ley nacional de bienestar animal: animalismo y desviación de poder

29 septiembre, 2021 • Noticias de caza, Opinión

perros-de-rehala-AERSegún la RAE, «animalismo» es aquel movimiento que propugna la defensa de los derechos de los animales

Y como ya demostramos en el artículo La gran falacia, los derechos de los animales no existen. Por lo tanto, el animalismo pretende conseguir algo que todavía no existe

Alfonso Aguado (AER)| Lo que sí existe es un organismo recién creado por nuestro Gobierno, con el nombre de Dirección General de Derechos de los Animales, es decir, Dirección General del Animalismo, o sea, para la defensa de algo que no existe, pero representado por una ideología radical, minoritaria y sectaria.

Este organismo forma parte de la estructura de un recién creado Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Si analizamos su título, también quedamos perplejos. Derechos sociales son aquellos derechos que facilitan a los ciudadanos o personas de un país a desarrollarse en autonomía, igualdad y libertad, así como aquellos derechos que les permiten unas condiciones económicas y de acceso a bienes necesarios para una vida digna. En definitiva, derechos de los que goza el ser humano.

Ni los derechos sociales ni la Agenda 2030, que dan contenido a este nuevo Ministerio, dan cabida a la pretensión de que los derechos de los animales sean reconocidos

La Agenda 2030, a su vez, es un documento aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, en el que se fijan 17 objetivos para encauzar a la humanidad hacia el desarrollo sostenible. Ninguno de ellos tiene como protagonista la consecución de los derechos de los animales. Es decir, ni los derechos sociales ni la Agenda 2030, que dan contenido a este nuevo Ministerio, dan cabida a la pretensión de que los derechos de los animales sean reconocidos.

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El animalismo que reside en nuestra Dirección General de Derechos de los Animales no tiene objeto ni forma parte de una política internacional que lo ampare. Entonces, ¿en qué consiste esta Dirección General? Es, simplemente, un reconocimiento a la aportación del sector animalista en Podemos en su labor de construcción de este Gobierno. La pregunta ahora es: ¿qué va a hacer una dirección general de estas características mientras dure? Canalizar las pretensiones de esta ideología radical, porque para eso los han puesto ahí y saben que tienen una oportunidad única.

Su fin último es que los animales tengan derechos y ninguna obligación, en la consumación última de su proceso de humanización anárquica

El animalismo, entre otras metas, propone el fin de la caza y de la tauromaquia, pero estos son solo objetivos intermedios, ya que su fin último es que los animales tengan derechos y ninguna obligación, en la consumación última de su proceso de humanización anárquica. Una condena a la inutilidad que, paradójicamente, va a llevar a la extinción de muchas razas. Aquí llegamos a las propuestas e iniciativas que viene haciendo públicas su titular, Sergio García Torres. La última su aireada ley nacional sobre bienestar animal.

El bienestar animal no debe confundirse con el animalismo

Son conceptos distintos ya que, a diferencia de la ideología radical, la política en materia de bienestar animal, es seria. Partiendo del reconocimiento de los animales por su destino y uso, promueve una mejora de sus condiciones de vida, en beneficio no solo del animal sino por su influencia en la salud humana y el beneficio que supone en el rendimiento, sobre todo de los animales destinados al consumo humano, algo impensable en la comunidad vegana que promueve el sacrificio cero.

Lo que realmente promueve la innombrable Dirección General es una ley que consagre el animalismo, una ideología radical que no coincide con la defensa del interés general

Por lo tanto, bajo el título de ley de bienestar animal, una política consolidada en el seno de la UE, lo que realmente promueve la innombrable Dirección General es una ley que consagre el animalismo, una ideología radical que no coincide con la defensa del interés general, al que vienen obligados todos los organismos de la Administración, como recuerda el art. 103 de nuestra Constitución y aquí es donde conectamos con la desviación de poder, un concepto jurídico cuyo contenido y alcance queremos destacar en estas líneas por su posible utilidad.

La desviación de poder es un motivo de anulabilidad de cualquier actuación administrativa, que se define como el ejercicio de sus competencias por parte de un órgano de la Administración Pública, para fines distintos de los que tiene atribuido legalmente y se trata de un motivo de anulación que puede ser controlado por los tribunales, llegando incluso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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La propuesta de una ley nacional que ha hecho pública esta Dirección General está viciada desde su origen por muchos motivos, entre los que podemos citar su falta de rigor o respeto a la distribución competencial, pero, sobre todo, como un ejercicio claro y manifiesto de desviación de poder. ¿Hasta qué punto van a respaldar los socios de Gobierno esta locura radical e irresponsable?

Como el resto de entidades que se han posicionado en contra de esta iniciativa, desde la Asociación Española de Rehalas vamos a utilizar todos los argumentos y poner en marcha todos nuestros recursos para que este ataque a la utilidad de los animales y a aquellas actividades tradicionales en las que tienen una gran importancia, no se consume. Sirvan estas líneas para orientar nuestra defensa.

Alfonso Aguado Puig. Presidente Asociación Española de Rehalas

Sergio García Torres, citado a declarar por atentar contra el honor de los cazadores


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