La Administración valenciana no sabe cómo frenar los daños del arruí en Montnegre

La Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Valenciana no sabe cómo frenar los daños que el arruí está causando en Montnegre. Desde la Generalidad informan que no se pueden realizar batidas por cazadores, puesto que no se puede emplear la caza como medida de control para aquellas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. Desde la Dirección General de Medio Natural se ha solicitado un informe jurídico a la Abogacía de la Generalidad para aclarar algunas cuestiones y poder establecer una estrategia de gestión.

La Consejería de Medio Ambiente estudia medidas para actuar sobre el crecimiento de la población del arruí y frenar así los daños que están causando en cultivos de Montnegre, aunque afirma que no se pueden emplear las batidas de cazadores como medio de control.

Fuentes de la Generalidad explicaron que esta especie está incluida en el Catálogo Nacional de Especies Exóticas Invasoras y que la Generalidad publicó la Orden 11/2014 para su control. Pero advierte que tras una sentencia de 16 de marzo de 2016 del Tribunal Supremo, «la caza y la pesca dejan de ser un medio para el control, la gestión y la posible erradicación de especies incluidas en el Catalogo, y así se indica en el informe emitido por la Abogacía de la Generalidad de fecha 2 de agosto de 2016, que concluye que desde la publicación de la citada sentencia, la orden 11/2014 por la que se aprueba el de control del arruí se entiende tácitamente derogado y que no puede utilizarse la caza como medida de control, gestión y erradicación de especies incluidas en el catálogo».

A pesar de ello, las mismas fuentes señalan que la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y la Biodiversidad establece que las comunidades autónomas podrán establecer catálogos de especies exóticas Invasoras, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias que se consideren necesarias para su erradicación. Por tanto desde las direcciones Territoriales, dentro de su ámbito territorial, pueden autorizar cuantas actuaciones suplementarias se consideren necesaria para su erradicación.

Además, desde la Dirección General de Medio Natural se ha solicitado nuevo informe jurídico a la Abogacía de la Generalidad, con el fin de que se aclaren algunas cuestiones y poder establecer una estrategia de gestión, control y posible erradicación.

Informa J. A. Rico para diarioinformacion.com