Crónica del guirigay que se ha creado con una sentencia y la caza en Castilla y León
La sentencia del TSJ de Castilla y León del 9 de junio se publicará el 9 de julio y ante ella cabe el recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El jefe de Servicio de Caza y Pesca Ignacio de la Fuente anuncia que la Consejería publicará la orden de caza para la próxima temporada el 29 de junio «por razones de seguridad jurídica».
El presidente de Avacap Valentín González considera que la hipotética prohibición de la caza generaría graves daños económicos y ecológicos.
Redacción | Penúltimo fin de semana de junio. Las redes sociales se alteran por la publicación en ellas de algunos aspectos de una sentencia, a raíz de una demanda presentada por Ecologistas en Acción, contra parte de la normativa que regula la caza en Castilla y León. La Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Valladolid había comunicado a las partes (Ecologistas en Acción como acusación; la Junta y la Federación de Caza de Castilla y León como partes demandada y codemandada respectivamente) una sentencia que declara nulos cinco artículos y un Anexo del Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.
Este lunes, la Federación de Caza de Castilla y León difundió un comunicado en el que hacía referencia a esa sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma diciendo que «impide la caza» en esta región al invalidar esos artículos por, según fuentes consultas, defectos de forma y fondo. En el documento emitido por la entidad federativa se «exige a los responsables políticos» de la Junta de Castilla y León que adopten «las medidas técnicas, administrativas o jurídicas que sean precisas para garantizar los derechos de las personas». La Federación insta a la Administración castellanoleonesa a enmendar los defectos de los artículos que motivan su anulación.
Entretanto, diversos medios del sector se hacen eco del comunicado de la Federación de Caza publicándolo de forma literal. Las alarmas entre el sector cinegético se dispararon porque se anunciaba que una sentencia «impedía» la caza en Castilla y León.
Cinco artículos y un anexo
La Federación de Caza de Castilla y León hace público un texto en el que hace referencia a una sentencia del 9 de junio que «impide la caza» en esta región. La resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se publicará de manera oficial el 9 de julio, y en ella se «anulan» artículos del Decreto 32/2015, de 30 de abril, lo que impediría, según señala este primer comunicado federativo, la práctica de la caza.
Esta sentencia se deriva de la demanda de recurso contencioso-administrativo 615/2015 que presentó Ecologistas en Acción de Castilla y León contra el mencionado Decreto. Las primeras informaciones apuntan a que los artículos anulados son aquellos referentes a las especies cinegéticas y sus hábitats, sus estados de población susceptibles de aprovechamiento cinegético o la caza en los denominados días de fortuna. Asimismo, el Anexo que recoge los periodos de reproducción y migración prenupcial de las aves cinegéticas también habría sido invalidado.
Al ser uno de los artículos anulados el que se refiere a las especies cinegéticas, tanto de caza menor como de mayor, la Federación de Caza de Castilla y León entiende que este vacío impediría la caza en la región. No obstante, la Real Federación Española de Caza «quiere manifestar que la situación de la caza en Castilla y León no es tan drástica como en principio podría interpretarse». En un comunicado de este miércoles, la RFEC habla de «un posible riesgo de prohibición de la actividad» en el caso de que la sentencia se haga firme. Para que ello no sucediese, la entidad federativa señala que ahora cabe el procedimiento de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El presidente de la RFEC Ángel López Maraver explica que «hay que ser prudentes y debemos instar a la Administración a actuar con celeridad si queremos seguir cazando en Castilla y León».
La Junta de Castilla y León
El jefe de Servicio de Caza y Pesca de la Junta de Castilla y León Ignacio de la Fuente, en declaraciones a Cazaworld, reconoce que la sentencia anula algunos artículos del Decreto, pero incide en que la Sala «desestima bastantes de las alegaciones vertidas por los ecologistas, que en puridad lo que querían es aniquilar la regulación cinegética que hay en Castilla y León en materia de modalidades de caza, aprovechamiento de los recursos…». Sobre la anulación de los artículos 9.4, 13, 14, 15, 19 y el Anexo, de la Fuente afirma que la Administración no comparte las cuestiones técnicas o científicas que la Sala entra a valorar y tratará de «contrarrestar» mediante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que «la regulación de la caza en Castilla y León es objetiva y totalmente compatible con las políticas de conservación, de la avifauna y del resto de especies de la vida silvestre». Mientras tanto, el jefe de Servicio anuncia que se ha presentado a la Sala de Valladolid una ‘aclaración de sentencia’ con relación al artículo 13 anulado, que hace referencia a aves y mamíferos, requiriendo una explicación sobre si el hecho de anulación de este artículo implica que los mamíferos también están afectados.
Con el fin de que la sentencia no se ejecute, la Administración puede aportar argumentos científicos para deshacer la nulidad de los artículos indicados, pues contarían con la validez técnica que requiere el contenido del Decreto 32/2015.
Ignacio de la Fuente adelanta que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente publicará «por razones de seguridad jurídica» la orden anual de caza el 29 de junio. En un comunicado publicado este martes por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, se alude a la publicación de la orden de vedas como una manera de garantizar «el aprovechamiento sostenible de la fauna silvestre y las externalidades que la caza aporta al medio rural y a toda nuestra Comunidad». Desde la propia Consejería se afirma: «Los cazadores podrán seguir practicando su actividad bajo el amparo de la normativa cinegética vigente», y añade que van a poner en marcha los «mecanismos jurídicos procedentes» para ajustar la normativa a lo establecido en la sentencia.
La abogada Marisol García, de Caracas 9 Asesores, entiende que, mientras esté en vigor la Ley 4/1996 de Caza de Castilla y León, la Administración «tiene obligación de publicar la Orden anual de Caza y, por tanto, debe hacerlo de acuerdo a la legislación vigente». García explica que solamente se han anulado «algunos artículos» y no el propio Decreto. La anulación no se hará efectiva mientras no se alcance la firmeza de la sentencia. Por tanto, añade esta abogada, la caza en Castilla será legal en función de lo que se regule en la nueva Orden y el resto de normativa vigente, «mientras no adquiera firmeza la sentencia». Lo «más sensato» por parte de la Junta de Castilla y León es que, atendiendo a esta y otras sentencias anteriores similares, prepare una adecuación de la normativa que no tenga defectos que provoquen nuevas demandas.
El abogado especializado en derecho cinegético y ambiental Jaime Valladolid cuenta que los ecologistas contradecían la mayoría de artículos del Decreto, pero que «la mayoría de artículos que impugnaron fueron desestimados». Considerando los artículos que el TSJ ha invalidado, y teniendo en cuenta que la sentencia no es firme, Valladolid explica que hasta que la admisión o no de los recursos de casación presentados por la Administración y la Federación se resuelvan podría transcurrir un año. La tarea principal, ante la nulidad de preceptos establecida por la Sala que emitió la sentencia, es adecuar los artículos afectados a una coherencia exigida por la normativa: que el contenido de los artículos se sustente en la argumentación científica o técnica que se les requiere. Valladolid incide en que una reglamentación como la Orden de Vedas se fundamente en una normativa superior, «a modo de escalera», por lo que estima necesario que la Administración adecue la norma que rige los periodos de caza y especies de Castilla y León, el Decreto 32/2015, que es la afectada por la sentencia.
En relación a la posibilidad de que Ecologistas en Acción inste la ejecución de la sentencia, ambos abogados ven improbable que el Tribunal la lleve a cabo. García y Valladolid hacen referencia a los «intereses que hay en juego», refiriéndose a los perjuicios económicos, por ejemplo, que supondría dicha ejecución, que se traduciría en la prohibición de la caza. Los letrados coinciden en que la parte demandada podría solicitar un aval ante la ejecución de la sentencia y el «daño» que pueda causar según su estimación.
La sentencia
Los artículos anulados por el Tribunal Superior carecerían de la «fundamentación técnica que debe acompañar la redacción de una norma», según una fuente federativa que prefiere no identificarse. Es decir, cuando la Administración prepara una normativa sobre aspectos cinegéticos, especies susceptibles de ser cazadas y la regulación de su aprovechamiento, esta ha de estar avalada por estudios científicos. La carencia en este sentido que presentan los artículos invalidados es esa «deficiencia reglamentaria» que, para la fuente federativa, ha de resolver urgentemente la propia Junta de Castilla y León.
Desde la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León se insiste en que la sentencia no es firme y que, si bien invalida algunos artículos del Decreto 32/2015, otras demandas del recurso interpuesto por Ecologistas en Acción no han prosperado.
La sentencia desestima la demanda en cuanto al concepto de especie cinegética, que es acorde a la normativa comunitaria, así como a los medios de caza referidos a los arcos y a diferentes razas de perros, de las consideradas razas peligrosas, empleados para cazar. Otras peticiones de nulidad desestimadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Valladolid son las recogidas en el comunicado de la Consejería.
La Federación de Caza de Castilla y León afirma este miércoles, respondiendo a «la alarma» suscitada por su primer comunicado, que la sentencia no es firme y que «la práctica cinegética se puede desarrollar con absoluta normalidad», añadiendo que la nulidad de algunos artículos del Decreto no afecta a la Ley 4/1996 de Caza de Castilla y León. Desde el ente federativo regional se indica que mientras «se sustancian los procedimientos judiciales en curso, que se pueden alargar en un plazo indeterminado, la caza para todas las especies y modalidades se desarrollará con total normalidad».
La Federación de Caza
El comunicado que la Federación de Caza de Castilla y León difundió el lunes consta de ocho puntos. El texto comienza remarcando la legalidad del ejercicio de la caza en nuestro país para indicar a continuación que «varias asociaciones anticaza con ideología única y excluyente» están afectando de manera continuada a la práctica cinegética.
El texto de la Federación castellanoleonesa alude a la caza como «actividad lúdico-deportiva fundamental para la correcta gestión de la fauna y el medio ambiente y para la economía de Castilla y León». Después de hacer incidencia en estos aspectos, el cuarto punto entra de lleno en un «defecto de regulación y reglamentación de una actividad legal por parte de la Administración regional» sin mayor concreción. En el siguiente punto del texto se indica la labor que realiza la entidad federativa, «con sus medios humanos y técnicos» y en colaboración con «responsables» de la Junta de Castilla y León, en búsqueda de «esa solución» ante la deficiencia reglamentaria indicada. La Federación entiende que es la propia Junta la que debe asumir la misma y arreglarla «con carácter de urgencia».
Ignacio de la Fuente aclara que, como Administración pública, se está en «plena colaboración con la Federación de Caza» y se pretende trabajar «mano a mano» con esta entidad de manera que se puedan aunar los estudios técnicos federativos con los trabajos sobre biodiversidad de la Administración, además de los estudios científicos encargados «que no se adjuntaron al expediente administrativo», para «tramitar una norma que trate de suplir las recomendaciones que por parte de la Sala se han observado».
En el segundo comunicado que ha difundido este miércoles la Federación se afirma que se «están tomando las medidas normativas necesarias» para que se «disponga de una nueva norma» si la anulación de los artículos llegase a hacerse firme.
Desde la Administración de Castilla y León, según afirma Ignacio de la Fuente, se quiere transmitir que desde un punto de vista práctico «el ciudadano (refiriéndose a los cazadores de la región) no va a percibir ninguna diferenciación en cuanto a temporadas cinegéticas anteriores a raíz de la sentencia porque no es firme y se va a interponer el recurso de casación ante el Tribunal Supremo».
El desenlace
Tras un primer comunicado que citó el impedimento de cazar a raíz de una sentencia, la Federación de Caza de Castilla y León quiere trasmitir ahora «calma a su colectivo», al que informa de que «se está haciendo todo lo posible en los ámbitos jurídico-técnico y normativo para que la temporada de caza no se interrumpa en ningún momento».
Todas las partes consultadas sostienen que la sentencia no es firme, y que cabe esperar los recursos que establece la ley. Por el momento, la Administración castellanoleonesa ha presentado a la Sala pucelana una ‘aclaración de sentencia’ que ha de resolverse. Posteriormente se presentarán recursos de casación al Supremo por parte de la Junta y de la Federación de Caza de Castilla y León. Antes de finalizar el mes de junio, los cazadores conocerán la Orden de Vedas que regulará la próxima temporada. Según las fuentes consultadas y dados los trámites previstos, se desarrollará con normalidad: se cazará en Castilla y León.
«Las consecuencias a las que se llegaría por no cazar nos llevarían a darnos cuenta, por parte de los cazadores y de toda la sociedad, del daño ecológico que pueden sufrir nuestros campos». Valentín González es presidente de la Asociación de Cazadores y Pescadores de Valladolid, integrada por 400 socios y fundada hace 126 años. Este cazador vallisoletano habla de otro aspecto a considerar si una hipotética prohibición de la caza se produjese: el tema económico. González dice que se deberían devolver los pagos de los cotos, las tasas de cotos y licencias, los seguros y todas las actividades asociadas a la caza. El presidente de Avacap añade que «si, por cualquier circunstancia, se llegara a impedir la caza, sería tan grave el trastorno social, económico y ambiental que, teniendo en cuenta además que los cazadores tendríamos que pagar por algo que no haríamos, apaga y vámonos».