La Fiscalía de Huelva se opone a sobreseer la causa abierta por cortes de orejas y rabos en perros

27 febrero, 2017 • Noticias de caza

La Fiscalía de Huelva se opone a sobreseer el procedimiento judicial abierto en 2016 sobre los cortes de rabos y orejas en perros de caza en la que hay investigados cazadores y veterinarios. El argumento presentado por la Asociación Española de Rehalas que justifica el corte por cuestiones de «tradición» no es aceptado por la Fiscalía, que antepone la Ley de Protección de Animales de Andalucía y la prohibición de amputaciones que contempla. La operación «Ears» se desarrolló por el Seprona durante 2016 en varios términos de la provincia onubense.

La Fiscalía de Huelva se ha opuesto al sobreseimiento de la causa abierta a raíz de la investigación del Seprona de la Guardia Civil de la ‘Ears’, relativa a mutilaciones de orejas y rabos en perros de caza en la que hay investigados cazadores y veterinarios.

podenco paternino reconocido como raza de perro de caza

Podencos paterninos.

Esta operación, desarrollada en la provincia de Huelva en 2016, según el informe realizado por la Fiscalía, al que ha tenido acceso Efe, ha dado lugar a diez procesos distintos en diversos partidos judiciales de Huelva: cinco en Aracena, uno en la capital, tres en La Palma del Condado y uno en Moguer.

La defensa además ha sido asumida en casi todos los casos por los mismos letrados contratados por la Asociación Española de Rehalas, desde donde se ha solicitado el sobreseimiento de los mismos en base a varios puntos.

Entre ellos que las amputaciones se realizan por veterinario; están amparadas en la «tradición» en relación a las rehalas de perros podencos paterninos, están amparadas en la supuesta interpretación administrativa de Protección Animal, y finalmente, que el principio de intervención mínima exige que las conductas sean sancionadas en todo caso en el ámbito administrativo.

La Fiscalía no comparte estos argumentos y en relación con práctica de las amputaciones, esgrime que la Ley de Protección de Animales de Andalucía prohíbe cualquier mutilación en perros por fines estéticos y en caso de necesidad sólo las podría practicar un veterinario, acreditando dicha necesidad en certificado oficial.

En cuanto a la realización de las amputaciones por veterinario, recuerda que estas causas de maltrato animal devienen de la presentación por parte de investigados de certificados veterinarios falsos, estando imputados diversos profesionales por estas prácticas en toda la provincia de Huelva.

En los casos que se dicen practicadas por veterinarios y hay documentos legales, apuntan los investigados que han practicado estas mutilaciones al entender que estaban permitidas en base a una supuesta interpretación que de la Ley de Protección animal se realiza según un documento emitido desde Consejería de Gobernación, desconociendo el cargo de quién realiza esta interpretación, la vinculación administrativa de dicha interpretación y si la misma ha sido posteriormente ratificada o desmentida.

Recuerda la fiscal que «la interpretación de las leyes, y más en concreto del Código Penal es tarea exclusiva de Jueces y Tribunales» y, por tanto, frente a la misma «no puede intentarse hacer valer una fotocopia, ni por antigüedad, ni por desconocerse el supuesto autor de un documento ni el procedimiento en el que fue elaborado».

Finalmente, en relación a la alegación que se hace sobre el principio de intervención mínima del Derecho Penal, se defiende por el Fiscal en todo caso que los cortes de orejas y rabos, realizados fuera de los estrictos términos de la ley, integran el tipo en tanto en cuanto a considerar que los mismos, en sí, suponen un menoscabo grave de la salud del animal; y en los cortes de orejas y rabos, y más aún sin intervención veterinaria, «claramente ha existido una alteración o afección grave del bienestar animal, bien jurídico protegido en el tipo».

Informa lavanguardia.com


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *