«Autorización expresa» para cazar jabalíes en terrenos quemados y evitar su expansión
La ley de prevención de incendios de Galicia prevé una excepción para poder cazar en terrenos afectados por incendios
Redacción | La ley gallega de prevención de incendios impide cazar en terrenos quemados durante los tres años siguientes al incendio. La Junta de Galicia estudia hacer una excepción y emitir una «autorización expresa» que permita la normativa con el fin de que se puedan cazar jabalíes en zonas quemadas para evitar su expansión.
El director general de Defensa del Monte, Tomás Fernández-Couto, ha anunciado esta medida a miembros de la Federación Galega de Caza en Pontevedra. La Junta explica que tras los incendios registrados en la Comunidad gallega, sobre todo al sur de la provincia de Pontevedra, existen «amplias zonas sin actividad cinegética», lo que «puede suponer un importante problema a la hora de controlar la población de jabalíes»
Cazar con «autorización expresa»
La medida es excepcional ya que la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece en su artículo 44, que señala limitaciones a la actividad cinegética, lo siguiente:
«Los aprovechamientos y la repoblación cinegética en terrenos quemados quedan prohibidos durante un periodo a contar desde la fecha en que se produjese el incendio hasta el 31 de diciembre posterior a la fecha en la que se cumpliesen tres años del mismo, salvo autorización expresa del órgano competente en materia cinegética, previo informe favorable de la consejería competente en materia forestal».
Salvo que la administración central haga una excepción a esta regla, cualquier acción de caza se sancionaría con arreglo a lo dispuesto en la legislación gallega en materia cinegética.