Aprobado un nuevo reglamento para la caza en Andalucía

1 agosto, 2017 • Noticias de caza

La Junta ha aprobado un nuevo reglamento para un sector que genera un movimiento de 72 millones de euros al año. 

La importancia de la caza en Andalucía va mucho más allá de la enorme afición por una práctica deportiva ya que se ha convertido en una actividad económica importante para el mundo rural andaluz. Es un sector que dinamiza los pueblos andaluces y ayuda a fijar a las poblaciones que encuentran en las monterías y cacerías su medio de vida. Los datos son reveladores: la actividad cinegética tiene un movimiento económico valorado en 71,65 millones de euros al año y genera 47.700 jornales al año. En Andalucía hay 250.000 licencias de caza, más de 7.500 cotos de caza y otros 575 cotos deportivos gestionados por sociedades de aficionados a esta actividad.

El Gobierno andaluz ha aprobado recientemente un nuevo reglamento para la caza que sustituye al anterior y se adapta a la Directiva Europea sobre el libre acceso de las actividades de servicios, además de compatibilizar el aprovechamiento cinegético con otros usos y aprovechamientos del medio natural.

Una de las novedades más importantes es que se reducen los trámites administrativos para los cotos de caza, las monterías y las batidas, permitiendo un plazo previo de quince días para solicitarlos a través de Internet, una declaración responsable que se podrá verificar con inspecciones posteriores.

La normativa, que según el consejero de Medio Ambiente, José Fiscal, se ha consensuado con todos los sectores implicados, también recoge que en el supuesto de los accidentes de tráfico ocasionados por la irrupción de especies cinegéticas en las vías de circulación, la responsabilidad se establecerá conforme a la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial de 2015.

Prohibiciones

El reglamento incluye varias prohibiciones nuevas que buscan mejorar la seguridad. Así, el empleo de más de tres perros por cazador, excepto en la modalidad de perdiz por ojeo y a diente en mano en la que se permite incrementar el número de perros en un máximo de dos menores de dieciocho meses de edad. También se prohibe la cacería en línea de retranca; la cacería de tórtolas y palomas desde una hora antes del ocaso hasta el orto; el aporte de granos y otros atrayentes o reclamos que faciliten la captura; así como la tenencia o uso de munición que contenga plomo en las zonas incluidas en el Inventario de Humedales de Andalucía.

Asimismo, se prohibe la caza bajo la influencia de alcohol o drogas, mientras que los mayores de 14 años sólo podrán actuar como cazadores acompañados de otros cazadores en modalidades sin armas de fuego. Estos mayores de 14 años, y menores de edad, podrán obtener licencia siempre y cuando acompañen a la solicitud la autorización expresa y por escrito de la persona que ejerce la patria potestad o tutela legal.

La definición de los puestos de caza es otra de las innovaciones de un reglamento que es prolijo en detallar todas las modalidades y que pretende evitar cualquier vacío legal. Así, el puesto doble será a partir de ahora aquel en el que se ubiquen dos o más cazadores con respectivas armas, haciendo uso de las misma de forma simultánea; mientras que el puesto desdoblado es aquel en el que dos o más cazadores con sus respectivas armas se encuentran separados o desplazados de la ubicación del puesto debidamente señalizado.

Por último, se reconoce el ejercicio de la caza en Andalucía para aquellas personas que tengan permiso para hacerlo en otras comunidades autónomas que hayan suscrito un convenio de reconocimiento recíproco de habilitación.

Informa abc.es


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