La Junta de Extremadura prorroga la emergencia cinegética

4 abril, 2016 • Información de interés

El Diario Oficial de Extremadura publicó el 31 de marzo la resolución por la que se prorroga la emergencia cinegética por motivos de protección del medio natural y de sanidad animal en determinados municipios y cotos de caza de Extremadura.

Ganado

En agosto de 2014 se declaraba emergencia cinegética en una serie de municipios de Extremadura (Resolución de 22 de agosto), lo que afectaba a los acotados incluidos en esos términos municipales. El motivo de esta declaración zonal era el de «controlar las especies cinegéticas a los efectos de conservación y protección del medio natural, por motivos sanitarios, así como para preservar la salud pública y evitar la transmisión de zoonosis», según se establece en el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza. En concreto, la intención era frenar los brotes de tuberculosis bovina en las áreas señaladas y entre especies salvajes y domésticas. La Unidad de Patología Infecciosa y  la de Biología de la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Extremadura recomendaban evitar el contacto o interacción entre las especies cinegéticas de caza mayor y la ganadería doméstica.

La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura declaró entonces la situación de emergencia para las siguientes zonas de la región:

1. Zona de Monfragüe: Términos municipales de Malpartida de Plasencia, Jaraicejo, Casas de Miravete, Serrejón, Toril, Torrejón el Rubio, Serradilla, Casas de Millán, Higuera.

2. Zona del Tajo: Términos municipales de Membrio, Carbajo, Herrera de Alcántara, Santiago de Alcántara, Alcántara, Brozas y Cedillo.

3. Zona de Sierra de San Pedro-Salor: Términos municipales de Cáceres, Aliseda, Herreruela, Salorino, San Vicente de Alcántara, Alburquerque y Valencia de Alcántara.

4. Zona de Villuercas-Ibores-Las Jaras: Alía, Villar del Pedroso, Castañar de Ibor, Mesas de Ibor, Deleitosa, Bohonal de Ibor, Carrascalejo, Fresnedoso de Ibor, Robledollano, Navalvillar de Ibor, Valdelacasa de Tajo, Peraleda de San Román y Garvín.

5. Zona de Siberia: Término municipal de Herrera del Duque.

6. Zona de Navalmoral: Términos municipales de El Gordo, Almaraz y Campillo de Deleitosa.

7. Zona de Coria: Términos municipales de Zarza la Mayor, Moraleja, Cachorrilla y Cilleros.

8. Zona de La Vera-Jerte: Términos municipales de Jarandilla de la Vera, Losar de la Vera, Viandar de la Vera, Talaveruela de la Vera, Valverde de la Vera, Villanueva de la Vera, Madrigal de la Vera, Jerte y Tornavacas.

9. Zona sur de Badajoz: Término municipal de Monesterio.

La declaración de emergencia implicaba una serie de actuaciones para controlar las poblaciones de ciervo, gamo y jabalí en los acotados de mayor ubicados en las áreas señaladas. Estas medidas se centraban en aspectos referidos a la caza de esas tres especies, así como a medidas relacionadas con la gestión en los cotos de caza mayor, como era el caso de la alimentación suplementaria.

La Resolución de 22 de agosto que declaraba la situación de emergencia cinegética establecía su vigencia para esa temporada 2014/15, y su continuidad para la siguiente si no hubiese entrado en vigor una nueva normativa sobre emergencia cinegética. Tras terminar la temporada 2015/2016, la declaración dejaba de ser efectiva.

El último día del pasado marzo, el DOE publicaba mediante una nueva resolución la prórroga de dicha declaración de situación de emergencia. Esta ampliación será válida hasta que entre en vigor la Orden de Vedas de la temporada 2016/2017 para la comunidad extremeña, documento en el que se actualizará la situación de emergencia.


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