Orden de veda de Castilla y León 2012-2013
Ya tenemos aquí el orden de veda de Castilla y León para la temporada que viene. Los puntos más importantes son:
Períodos hábiles:
1.- Caza menor: Desde el cuarto domingo de octubre hasta el último domingo de enero, además de las fechas que se establezcan para la “media veda”.
Se autoriza la caza del zorro durante el ejercicio de la caza mayor. Y también se autoriza la caza de la liebre con galgo desde el 12 de Octubre siempre que la asociación que quiera hacerlo este inscrita para participar en campeonatos de galgos. Los propietarios de galgos deberán portar la licencia deportiva en vigor de la Federación.
2.- Caza mayor:
Ciervo y gamo: Desde el primer domingo de septiembre hasta el último domingo de septiembre únicamente a rececho; a partir del día siguiente y hasta el tercer domingo de febrero en todas sus modalidades.
Corzo: Para ambos sexos desde el primer domingo de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el primer domingo de septiembre hasta el tercer domingo de octubre. Desde el 1 de enero hasta el tercer domingo de febrero sólo hembras.
Rebeco: Desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre.
Cabra montés y muflón: Desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre.
Lobo: Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el tercer domingo de febrero. Exclusivamente para las modalidades de rececho y de aguardo o espera se amplía el plazo hasta el último día del mes de febrero.
Jabalí: Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el tercer domingo de febrero.
Días hábiles.
1.- El ejercicio de la caza menor esta limitado a los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico de Castilla y León comprendidos en el período hábil establecido.
2.- Los días hábiles para la práctica de la caza mayor serán los estipulados en la aprobación de los correspondientes Planes Cinegéticos.
Media veda.
1.- Especies:
Codorniz, tórtola común, paloma torcaz, urraca, corneja y zorro.
2.- Días hábiles:
Los días hábiles para la media veda en las distintas zonas serán los que fije la Dirección General del Medio Natural, oídos previamente los Consejos de Caza, con las siguientes limitaciones:
2.1. La fecha de inicio no podrá ser anterior al día 15 de agosto, ni la de cierre posterior al 16 de septiembre.
2.2. Para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al 21 de agosto.
2.3. El número de días hábiles no podrá exceder de 20, no necesariamente consecutivos.
3.- Cupos:
El número máximo de piezas a cobrar por cazador y día se fija para la codorniz en 35 y para la tórtola común en 8.
Estos aspectos, son los más importantes de la orden de veda de Castilla y León para 2012-2013. Más información en el diario del derecho.