90 municipios de Ciudad Real, Albacete, Toledo y Cuenca en Emergencia Cinegética

10 marzo, 2016 • Noticias de caza

 

La Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de Castilla La Mancha ha declarado como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte a cerca de 90 municipios, en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, y Toledo.

2118669

A partir de este jueves y hasta el 30 de abril se autoriza la captura mediante hurón y capillo, mediante redes sin perro y mediante hurón y escopeta sin perro. El número máximo de cazadores por grupo será de cuatro. Sin embargo, ésta resolución podrá quedar suspendida en el momento en el que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su declaración. Los cazadores autorizados deberán estar en posesión de los correspondientes permisos, licencias, seguros y documentación reglamentaria, especialmente y cuando proceda, de los requisitos necesarios para ejercer la caza, o de aquellos exigibles para la tenencia de hurones.

La proliferación del conejo de monte en ciertas zonas de la Comunidad Autónoma en estas últimas temporadas ha motivado la toma de medidas excepcionales, según indica Agricultura, que han sido aplicadas con el fin de dotar de herramientas suficientes a los titulares de los cotos, cazadores y agricultores para una mayor efectividad en el control de daños y perjuicios que viene ocasionando esta especie en la agricultura, sus infraestructuras y en otras infraestructuras de carácter viario.

La delimitación del área de emergencia cinegética temporal se corresponde con aquellos terrenos cinegéticos o no cinegéticos colindantes con infraestructuras viarias de titularidad del Ministerio de Fomento, Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha y ADIF así como las zonas de seguridad de estas infraestructuras.

Considerando que la presente resolución no es una prolongación del periodo hábil de caza, los métodos de captura deben ser suficientemente eficaces para el control de la población de conejos y su aplicación no debe afectar a otras especies de fauna. En aquellos terrenos incluidos en las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), así como en las zonas de seguridad para la realización de las capturas, se podrá utilizar exclusivamente como método de control, el hurón y capillo o redes sin perro.

En la provincia de Albacete esta resolución incluye a los municipios de Albacete, Almansa, Bonete, Caudete, Chinchilla de Monte-Aragón, Hellín, Hoya-Gonzalo, La Gineta, La Herrera, Lezuza, Minaya, Montalvos, Pozo Cañada, La Roda, Tobarra y Villarrobledo.
En el caso de Ciudad Real afecta a Alcázar de San Juan, Argamasilla de Calatrava, Campo de Criptana, Ciudad Real, Herencia, Manzanares, Pedro Muñoz, Santa Cruz de Mudela, Socuellamos, Tomelloso, Valdepeñas y Villamayor de Calatrava.
En Cuenca se incluyen las localidades de Belinchón, Belmonte, Castillejo de Iniesta, El Pedernoso, El Provencio, Graja de Iniesta, Iniesta, Las Pedroñeras, Monreal del Llano, Mota del Cuervo, Motilla del Palancar, Quintanar del Rey, San Clemente, Santa María de Los Llanos, Tarancón y Zarza de Tajo.
En lo que se refiere a Toledo se incluye a Almonacid de Toledo, Camuñas, Carranque, Cedillo del Condado, Corral de Almaguer, Domingo Perez, El Casar de Escalona, El Romeral, El Toboso, El Viso de San Juan, Huerta de Valdecarábanos, Illescas, La Guardia, La Puebla de Almoradiel, Lillo y Los Cerralbos.

Estas medidas excepcionales también afectan a Lucillos, Madridejos, Mascaraque, Montearagón, Mora, Nambroca, Noblejas, Numancia de la Sagra, Ocaña, Orgaz, Otero, Quero, Quintanar de la Orden, Santa Cruz de la Zarza, Santa Cruz del Retamar, Tembleque, Ugena, Villa de Don Fadrique, Villacañas, Villafranca de los Caballeros, Villanueva de Alcardete, Villarrubia de Santiago, Villasequilla, Villatobas y Yepes.

Fuente: 20minutos.es


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *