Voces de caza

Entrevista a Carlos Sánchez. Empresa aduanera Wigisa.

14 mayo, 2011 • Entrevistas, Sin categoría

Les presentamos la entrevista realizada a Carlos Sánchez, gerente y en este caso particular, representante de la empresa Wigisa. Amablemente nos ha sacado de dudas sobre el tránsito de trofeos entre diferentes países y sobre las nuevas normativas.

-¿Qué es Wigisa? ¿Qué puesto ejerce dentro de la empresa?

Soy Carlos Sánchez, Gerente de Wigisa S. L. Es una Agencia de Aduanas y Transitaria, fundada en 1991 y con una amplia experiencia en lo referente a la tramitación de la Importación de Trofeos de Caza desde cualquier parte del mundo.

-Se han generado ciertos rumores sobre la base de que no se podrán exportar los trofeos de caza del extranjero, más concretamente de África a la Unión Europea. ¿Esto realmente es así, es decir, se prohíbe la entrada de trofeos de caza a la UE?

Vamos por partes.

El Rgto. (CE) 1069/2009 que establece las normas sanitarias aplicables a los subproductos de origen animal, fija nuevas medidas para la manipulación de los mismos, entre los que están los Trofeos de Caza. Por otra parte el Rgto. (CE) 142/2011 desarrolla en parte el Rgto. Anterior y determina los nuevos modelos de Certificados para la Exportación de Trofeos.

El art. 41 del Rgto. (CE) 1069/2009 determina que “ los envíos de Trofeos de Caza importados en la Unión Europea deben provenir de establecimientos o fábricas autorizados o registrados por la Autoridades competentes del país de origen y que figuren en las listas establecidas con ese fin por dichas Autoridades “. Al mismo tiempo, el art. 30 del Rgto.(CE) 142/2011, indica que las listas de establecimientos deben integrarse en el sistema TRACES.

Desde el pasado 15 de Abril con una moratoria de 15 días, se ha empezado a aplicar en España dicha normativa.

El problema reside en que hasta el pasado 29 de Abril, ningún país africano y por tanto ningún establecimiento de esos países, estaba registrado en el sistema TRACES. A la vista de ello, hemos tomado la decisión de notificar a los países de origen la necesidad de cumplir con lo establecido en la normativa señalada y mientras tanto suspender de forma TEMPORAL, el envío de Trofeos a España. Resalto la temporalidad de la medida, hasta el momento en que la situación se regularice. De hecho a día de hoy, ya figura inscrito como país solicitante Sudáfrica y registradas unas 50 Empresas como establecimientos autorizados para el envío de Trofeos a España, desde dicho país, lo que da idea de que es un procedimiento bastante rápido.

-En principio esto ha alarmado al colectivo taxidermista y a los organizadores de caza ¿Hasta qué punto deben estar preocupados?

La alarma generada parte de la premisa de que no se van a autorizar las importaciones de trofeos como hasta ahora. Insisto que en el momento que los países y sus empresas se registren y aparezcan en los listados de establecimientos autorizados que figuran en el sistema TRACES, la situación se irá normalizando.

Por lo tanto, considero que no deben preocuparse en exceso, siempre y cuando las empresas exportadoras (organizadores y taxidermistas de origen), cumplan con la normativa comunitaria, cosa que según parece están empezando a realizar.

-¿Podría explicarnos cuál es el proceso que siguen los trofeos de caza y qué tramites son necesarios para que lleguen hasta nuestra casa en España?

Una vez el cazador termina el Safari, cacería, etcétera indica qué trofeos y partes del animal desea que le sean reexpedidos a España. El taxidermista en origen inicia el proceso de 1ª preparación para el envío de los trofeos (cocido y blanqueado de cráneos, secado y salado de pieles)

Terminado este proceso, se procede a la obtención de los permisos necesarios para el envío a España (CITES, veterinario, permiso de exportación, etc)

Una vez llegan los trofeos a España, se procede a efectuar conforme a la normativa, las inspecciones veterinaria y S.O.I.V.R.E. (CITES), previas al Despacho de Aduanas, que una vez ultimado nos permite la retirada de los trofeos del recinto aduanero para su posterior reexpedición al destino que nos indique el cazador (Taxidermia, domicilio, etc)

-Como profesional: ¿podría explicarnos qué es exactamente la herramienta Traces?

A grandes rasgos, os puedo indicar que la herramienta TRACES es una base de datos centralizada, que asegura la trazabilidad de los animales y de determinados productos y subproductos de origen animal, procedentes de la propia U.E y de terceros países. Permite, entre otras cosas, la obtención del Certificado Veterinario Oficial (D.V.C.E), necesario para realizar, posteriormente, el trámite aduanero de la importación de trofeos.

-¿Cuándo entra en vigor la nueva norma comunitaria y qué es exactamente lo que exige?

Me remito a lo contestado en la segunda pregunta. Me consta que en la actualidad se está negociando en Bruselas, a nivel comunitario, la posibilidad de algún tipo de moratoria o flexibilidad en la aplicación de la norma. De momento, nos tenemos que ceñir a lo expuesto anteriormente.

-¿Los trofeos de cazadores españoles que estén en el extranjero pueden sufrir retrasos por la implantación de la norma?

Evidentemente, aunque considero que el retraso será mayor o menos, en la medida en que los países exportadores sean rápidos en la inscripción de sus empresas. Como decía, anteriormente, a fecha de hoy, Sudáfrica está inscrita con un gran número de establecimientos registrados, cosa que no ocurría el pasado día 3 de mayo.

-¿Hasta qué punto son estrictos los requisitos para los establecimientos exportadores de trofeos?

En principio y, actualmente, solo se exige el nº de registro de cada país y la inscripción en el listado de establecimientos autorizados para la exportación de trofeos hacia la UE, de sistema TRACES.

-¿Todas las empresas de Safaris y de caza internacional para poder ofrecer los servicios de exportación de trofeos a la U.E deben aparecer en el fichero TRACES?

No. Solamente deberán figurar aquellas empresas que figuren como expedidores de los trofeos hacia la UE, en el certificado veterinario de origen, dónde además, debe figurar su nº de registro.

-¿Qué ocurriría si cazas con alguna empresa que no esté inscrita en el TRACES? ¿Puede utilizar esta empresa a otra empresa que si esté inscrita con un acuerdo comercial?

Las orgánicas de caza, por el hecho de serlo, no tienen que estar incluidas en TRACES, por lo tanto, pueden desarrollar su actividad como hasta la fecha. Solamente, en el caso de que preparen ellas mismas los trofeos para la exportación y emitan el certificado veterinario de origen, deberán registrarse.

-Por último, como profesional de aduana: ¿puede contarnos cuál es el envío, por decirlo de alguna manera, más curioso que ha tenido que tramitar?

La situación más chocante que se me ha dado ha sido la importación de un colmillo de Narval, que después de sudar tinta para conseguir el CITES de importación, el cliente no ha querido retirar el trofeo. De hecho, todavía lo tengo depositado en mi almacén. Curioso.

Volviendo a la parte sería, espero que la información que os he facilitado sea de utilidad para el colectivo de la caza internacional y me quiero despedir trasmitiendo la idea de que la importación de trofeos no se va a prohibir en ningún caso. Sirva como ejemplo, que a pesar de que nos han disminuido el límite de velocidad (cambio de normativa), seguimos circulando.

Saludos cordiales para todos y muy buenos días de caza.

 


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